PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR/ FALLAS EN UN PRODUCTO O PRODUCTO DE BAJA CALIDAD E INCUMPLIMIENTO DE GARANTÍAS

¿Quiénes son responsable por calidad, idoneidad y seguridad de los bienes y servicios prestados?

  • Son responsables los productores, los proveedores y los importadores de los bienes y servicios que pongan en el mercado, teniendo en cuenta la información suministrada al consumidor, las condiciones ordinarias y habituales del mercado y los reglamentos técnicos si existen para ese producto en particular. 

¿Quién debe responder por la garantía de los bienes y servicios?

  • Tanto los productores como los expendedores están obligados a responder solidaria y directamente ante los consumidores por la efectividad de la garantía según la Ley 1480 de 2011 y la Constitución Política, con el fin de restablecer la igualdad de los consumidores frente a productores y distribuidores.

¿Quién asume los costos de reparación?

  • El productor, proveedor o expendedor deberán asumir el suministro oportuno de los repuestos necesarios para la reparación y los gastos y costos que impliquen la reparación por fallas en calidad o idoneidad de un producto

¿Es posible que el consumidor solicite el cambio del bien o la devolución del dinero sin que medie la solicitud de reparación?

  • Si, siempre y cuando el bien no se pueda reparar. En caso de que sea reparable, solo en el evento de repetirse la falla, atendiendo la naturaleza del bien y las características del defecto, podrá solicitarse la devolución del dinero o cambio del bien al productor y/o proveedor o expendedor.

¿Puede un consumidor solicitar el cambio de un producto porque ya no lo quiere? ¿Cuándo procede el derecho de retracto?

  • Sólo será posible cuando el proveedor como política comercial, anuncie a los consumidores que pueden cambiar o devolver los productos, para lo cual normalmente establecen condiciones de carácter temporal.